Contenido etiquetado por: regulación

- 3-09-2013 | Nereida López Vidales
La CNMC, nuevo organismo regulador de los mercados y la competencia

consejo ministros

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se regula el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

La vicepresidenta del Gobierno ha explicado que el organismo tiene por objeto “reforzar la independencia, la profesionalidad, la eficiencia y la seguridad jurídica en las decisiones que se toman en relación a los denominados mercados regulados o supervisados y el control de la competencia”.

El Estatuto, según Soraya Sáenz de Santamaría, ha sido aprobado e informado por todos los organismos competentes, así como por el Consejo de Estado, y supone “el primer paso organizativo para que la comisión entre en funcionamiento”.

Su estructura supone un importante ahorro de costes, ya que se reducen tanto el número de consejeros como de cargos directivos y sedes debido a la fusión de cinco organismos en la nueva CNMC. La vicepresidenta ha cifrado este ahorro en entre 20 y 30 millones de euros mediante “una estructura que permite responder con profesionalidad y agilidad a lo que se exige a este organismo: el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de competencia efectiva en todos estos sectores, en protección última del consumidor”.

Además, Sáenz de Santamaría ha indicado que el Ejecutivo ha propuesto al Congreso las personas que formarán parte de los órganos de gobierno de la CMNC, seleccionando perfiles de “máxima profesionalidad y experiencia”.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, creada por la Ley de 4 de junio de 2013, se configura como un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad, con personalidad jurídica propia y plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y de los agentes del mercado. Se atribuye a la CNMC la consideración de Autoridad Nacional de Competencia, Autoridad Nacional de Reglamentación y Autoridad Reguladora Nacional. Está prevista su entrada en funcionamiento durante la primera quincena de octubre.

Los órganos de gobierno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores son el Consejo de la CNMC (formado por el presidente, el vicepresidente y ocho consejeros) y el presidente de la propia CNMC, que también lo será de dicho Consejo. El Consejo funcionará en Pleno y en Salas. Las Salas conocerán los asuntos que no estén atribuidos expresamente al Pleno. El Consejo en Pleno aprobará, por mayoría de seis votos, el régimen de rotación entre Salas de los consejeros, estableciendo el número de consejeros sometidos a rotación y la periodicidad de ésta.

Integrantes del Consejo

Dentro de sus competencias, el Ministerio de Economía y Competitividad ha propuesto los diez miembros que compondrán el Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia:

Presidente: José María Marín Quemada.- Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid, es Catedrático de Economía Aplicada-Política Económica por la UNEF y director del curso de Política Energética. Desde Marzo de 2005 era consejero del Banco de España.
Vicepresidenta: María Fernández Pérez.- Licenciada en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece a los Cuerpos Superior de Administradores Civiles del Estado y de Diplomados Comerciales del Estado. Fue subdirectora general de Competencia y Regulación Económica en el Ministerio de Economía y Hacienda y actualmente era directora de la Secretaría Técnica de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos
Consejeros:

Idoia ZenarruzabeitiaBeldarraín.- Licenciada en Derecho por la Universidad de Deusto. Fue Parlamentaria en el Parlamento Vasco y vicepresidenta y consejera de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco. Desde julio de 2011 era consejera de la Comisión Nacional de Energía.

Josep María Guinart Solá.- Licenciado en Derecho por la Universidad de Barcelona en Ciencias Empresariales por ESADE y en Historia por la Universdad de Girona. Ha sido alcalde de L’Escala, vicepresidente de la Diputación de Girona y diputado nacional en el Congreso de los Diputados. Desde julio de 2011 era consejero de la Comisión Nacional de Energía.

Fernando Torremocha y García-Sáenz.- Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Fue magistrado del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y vocal del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Desde marzo de 2008 era vicepresidente de la Comisión Nacional de la Competencia.

Clotilde de la Higuera González.- Licenciada en Derecho por la Universidad de Granada, pertenece la Cuerpo de Abogados del Estado. Como Abogada del Estado ha desempeñado sus funciones en los Ministerios de Transportes, Turismo y Comunicaciones, Economía y Hacienda y Justicia. Actualmente era Abogada del Estado-Jefe en el Ministerio de Economía y Competitividad.

María Ortíz Aguilar.- Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense, pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. Ha sido subdirectora general de Estudios del Tribunal de Defensa de la Competencia, subdirectora general de Asuntos Jurídicos y Relaciones Instituciones en la Dirección General de Defensa de la Competencia y consejera económica y comercial en la Representación española en la Unión Europea. Actualmente era subdirectora general de Competencia y Regulación Económica en el Ministerio de Economía y Competitividad.

Benigno Valdés Díaz.- Licenciado en Economía por la Universidad de Oviedo y Doctor en Economía por la Universidad de Hampshire. Ha sido director general de IMDEA Ciencias Sociales. Actualmente es Catedrático de Teoría y Política Económica en ICADE y director general de la Fundación SEPI.

Eduardo García Matilla.- Licenciado en Imagen por la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid, perteneció durante veintiún años a las empresas del Ente Público RTVE, en la que fue director de Radio 3 y director adjunto de Radio Cadena. Fue presidente y consejero delegado de Corporación Multimedia.

Diego Rodríguez Rodríguez.- Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid, en la que actualmente es profesor titular de Universidad en el Departamento de Economía Aplicada II. Ha realizado numerosos trabajos sobre competitividad, regulación y competencia en las telecomunicaciones europeas

Tras la comparecencia de los diez futuros consejeros en la Comisión de Economía del Congreso esta misma semana para su ratificación y posterior nombramiento por el Consejo de Ministros, en los próximos veinte días quedará constituido el Consejo de la CNMC y se procederá a nombrar a su personal directivo y se a probará el Reglamento de Funcionamiento Interno.

La Comisión tendrá su sede principal en Madrid y otra sede en Barcelona donde se situará la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual.

vía: www.panoramaaudiovisual.com

- 20-01-2013 | Nereida López Vidales
Iniciativa para regular el tarot y la paraciencia en televisión

caa logo

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) solicitará al Ministerio de Industria, Energía y Turismo que impulse una modificación de la Ley General de Comunicación Audiovisual que aborde de forma específica y clara la regulación y los límites a los que han de estar sujetos los espacios de esoterismo, paraciencias y videncia en televisión y radio a los que el público accede a través de llamadas telefónicas a números de tarificación adicional.

El CAA considera que no se puede homologar este tipo de contenidos a los programas de entretenimiento para mayores de 18 años, sino que deben considerarse comunicaciones comerciales o televenta, y llama la atención sobre los perjuicios que pueden ocasionar no solo entre los menores de edad, sino también en otros colectivos vulnerables, como son las personas mayores con elevado consumo de televisión y otras personas en situaciones de especial dificultad, cuya credulidad pueda ser fácilmente explotable con fines lucrativos.

En España, las consultas de tarot y videncia en televisión han aumentado de forma alarmante y se han convertido en una importante fuente de ingresos para buena parte del sector audiovisual, inundando la oferta televisiva. Los informes del CAA constatan que cerca del 55% de las señales de TDT que se captan en Andalucía corresponden a operadores que carecen de licencia, y el 76% de éstos se dedica fundamentalmente a emitir espacios en los que, a través de llamadas a teléfonos de tarificación adicional, se ofrecen servicios de adivinación del futuro y esoterismo sin respetar los límites horarios establecidos en la Ley.

En estos espacios se responde a todo tipo de cuestiones y problemas planteados por los telespectadores y radioyentes, sobre todo relacionados con cuestiones de salud, trabajo y amor, a los que con frecuencia, los videntes recomiendan la práctica de sortilegios, tanto para curar enfermedades como para alcanzar algún deseo o esperanza.

La prestación de estos servicios se realiza a través de una contraprestación económica mediante la utilización de llamadas de tarificación adicional, siendo preocupante, en opinión del CAA, los perjuicios que estas emisiones causan tanto en menores de edad como en personas pertenecientes a colectivos vulnerables, tales como ancianos o aquellas otras que por circunstancias sociales o personales, son fácilmente susceptibles de ser engañadas.

La preocupación por la emisión de espacios de videncia en el CAA se remonta a 2009, cuando aprobó una ponencia en la que consideraba televenta este tipo de contenidos. Un año después, la Ley General de Comunicación Audiovisual, en su artículo 7.2 estableció que los programas “con contenido relacionado con el esoterismo y las paraciencias” solo pueden emitirse entre las 22 y las 7 horas.

Situación europea

A finales del pasado año, el Consejo decidió analizar la situación legal que rige en otros países europeos de nuestro entorno, y ha comprobado que en todos los casos existe una regulación específica que, o bien restringe estos contenidos al tipificarlos como televenta, o bien los prohíbe directamente, como es el caso de Bélgica (comunidad flamenca).

En este informe comparativo, el Consejo vuelve a concluir que estamos ante ofertas o comunicaciones comerciales de televenta o radioventa, en los que se produce “una comunicación audiovisual de ofertas directas al público con miras al suministro de bienes o la prestación de servicios”. Esta tesis está avalada por una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas respecto de los espacios denominados Call TV en los que se pone a disposición del público un determinado servicio al que se accede a través de números de teléfono de tarificación adicional.

En este sentido, el CAA precisa que, una vez admitido que estamos ante espacios de televenta, si se atiende a la propia naturaleza del servicio que ofrecen –al margen de la hora de emisión- podrían incurrir en su mayor parte en un supuesto de publicidad ilícita y, por tanto, prohibida, al tratarse de comunicaciones comerciales engañosas por falsedad y confusión de lo ofrecido, según el artículo 3.e de la Ley de Competencia Desleal y el artículo 5.1 de la Ley General de Publicidad. De forma que, en España cabría adoptar la decisión de prohibir expresamente la emisión de comunicaciones comerciales o televenta de servicios de contenido esotérico y paraciencias que conlleven una contraprestación económica, entiende el CAA.

El Consejo ha remitido esta decisión y el Informe sobre la regulación de los programas relacionados con el esoterismo y las paraciencias a las presidencias y portavoces de los grupos parlamentarios del Congreso y del Senado para su conocimiento y valoración. También se han hecho llegar ambos documentos a la Consejería de Presidencia e Igualdad de la Junta de Andalucía y a los portavoces de los Grupos del Parlamento andaluz para que sean tenidos en cuenta en la elaboración del proyecto de Ley de Comunicación Audiovisual de Andalucía.
Igualmente se ha enviado a la Comisión Estatal de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional y a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para que, en el marco de sus competencias, revisen los códigos de conducta de tarificación adicional.

vía: www.panoramaaudiovisual.com