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- 3-09-2013 | Nereida López Vidales
La CNMC, nuevo organismo regulador de los mercados y la competencia

consejo ministros

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se regula el Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

La vicepresidenta del Gobierno ha explicado que el organismo tiene por objeto “reforzar la independencia, la profesionalidad, la eficiencia y la seguridad jurídica en las decisiones que se toman en relación a los denominados mercados regulados o supervisados y el control de la competencia”.

El Estatuto, según Soraya Sáenz de Santamaría, ha sido aprobado e informado por todos los organismos competentes, así como por el Consejo de Estado, y supone “el primer paso organizativo para que la comisión entre en funcionamiento”.

Su estructura supone un importante ahorro de costes, ya que se reducen tanto el número de consejeros como de cargos directivos y sedes debido a la fusión de cinco organismos en la nueva CNMC. La vicepresidenta ha cifrado este ahorro en entre 20 y 30 millones de euros mediante “una estructura que permite responder con profesionalidad y agilidad a lo que se exige a este organismo: el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de competencia efectiva en todos estos sectores, en protección última del consumidor”.

Además, Sáenz de Santamaría ha indicado que el Ejecutivo ha propuesto al Congreso las personas que formarán parte de los órganos de gobierno de la CMNC, seleccionando perfiles de “máxima profesionalidad y experiencia”.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, creada por la Ley de 4 de junio de 2013, se configura como un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad, con personalidad jurídica propia y plena independencia del Gobierno, de las Administraciones Públicas y de los agentes del mercado. Se atribuye a la CNMC la consideración de Autoridad Nacional de Competencia, Autoridad Nacional de Reglamentación y Autoridad Reguladora Nacional. Está prevista su entrada en funcionamiento durante la primera quincena de octubre.

Los órganos de gobierno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores son el Consejo de la CNMC (formado por el presidente, el vicepresidente y ocho consejeros) y el presidente de la propia CNMC, que también lo será de dicho Consejo. El Consejo funcionará en Pleno y en Salas. Las Salas conocerán los asuntos que no estén atribuidos expresamente al Pleno. El Consejo en Pleno aprobará, por mayoría de seis votos, el régimen de rotación entre Salas de los consejeros, estableciendo el número de consejeros sometidos a rotación y la periodicidad de ésta.

Integrantes del Consejo

Dentro de sus competencias, el Ministerio de Economía y Competitividad ha propuesto los diez miembros que compondrán el Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia:

Presidente: José María Marín Quemada.- Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid, es Catedrático de Economía Aplicada-Política Económica por la UNEF y director del curso de Política Energética. Desde Marzo de 2005 era consejero del Banco de España.
Vicepresidenta: María Fernández Pérez.- Licenciada en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid y pertenece a los Cuerpos Superior de Administradores Civiles del Estado y de Diplomados Comerciales del Estado. Fue subdirectora general de Competencia y Regulación Económica en el Ministerio de Economía y Hacienda y actualmente era directora de la Secretaría Técnica de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos
Consejeros:

Idoia ZenarruzabeitiaBeldarraín.- Licenciada en Derecho por la Universidad de Deusto. Fue Parlamentaria en el Parlamento Vasco y vicepresidenta y consejera de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco. Desde julio de 2011 era consejera de la Comisión Nacional de Energía.

Josep María Guinart Solá.- Licenciado en Derecho por la Universidad de Barcelona en Ciencias Empresariales por ESADE y en Historia por la Universdad de Girona. Ha sido alcalde de L’Escala, vicepresidente de la Diputación de Girona y diputado nacional en el Congreso de los Diputados. Desde julio de 2011 era consejero de la Comisión Nacional de Energía.

Fernando Torremocha y García-Sáenz.- Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Fue magistrado del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y vocal del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Desde marzo de 2008 era vicepresidente de la Comisión Nacional de la Competencia.

Clotilde de la Higuera González.- Licenciada en Derecho por la Universidad de Granada, pertenece la Cuerpo de Abogados del Estado. Como Abogada del Estado ha desempeñado sus funciones en los Ministerios de Transportes, Turismo y Comunicaciones, Economía y Hacienda y Justicia. Actualmente era Abogada del Estado-Jefe en el Ministerio de Economía y Competitividad.

María Ortíz Aguilar.- Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense, pertenece al Cuerpo Superior de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado. Ha sido subdirectora general de Estudios del Tribunal de Defensa de la Competencia, subdirectora general de Asuntos Jurídicos y Relaciones Instituciones en la Dirección General de Defensa de la Competencia y consejera económica y comercial en la Representación española en la Unión Europea. Actualmente era subdirectora general de Competencia y Regulación Económica en el Ministerio de Economía y Competitividad.

Benigno Valdés Díaz.- Licenciado en Economía por la Universidad de Oviedo y Doctor en Economía por la Universidad de Hampshire. Ha sido director general de IMDEA Ciencias Sociales. Actualmente es Catedrático de Teoría y Política Económica en ICADE y director general de la Fundación SEPI.

Eduardo García Matilla.- Licenciado en Imagen por la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense de Madrid, perteneció durante veintiún años a las empresas del Ente Público RTVE, en la que fue director de Radio 3 y director adjunto de Radio Cadena. Fue presidente y consejero delegado de Corporación Multimedia.

Diego Rodríguez Rodríguez.- Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid, en la que actualmente es profesor titular de Universidad en el Departamento de Economía Aplicada II. Ha realizado numerosos trabajos sobre competitividad, regulación y competencia en las telecomunicaciones europeas

Tras la comparecencia de los diez futuros consejeros en la Comisión de Economía del Congreso esta misma semana para su ratificación y posterior nombramiento por el Consejo de Ministros, en los próximos veinte días quedará constituido el Consejo de la CNMC y se procederá a nombrar a su personal directivo y se a probará el Reglamento de Funcionamiento Interno.

La Comisión tendrá su sede principal en Madrid y otra sede en Barcelona donde se situará la Dirección de Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual.

vía: www.panoramaaudiovisual.com

- 1-03-2011 | Leire Gómez
El reparto de la TDT local es Euskadi es avalado por los tribunales

TV

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sentenció el pasado 14 de Enero de 2011, a favor del reparto realizado por el Gobierno Vasco el 20 de Noviembre de 2007, por el que se concedían las licencias para la implantación de la TDT local en Euskadi. Canal Euskadi, que había intentado sin éxito conseguir una licencia de TDT, interpuso un recurso para revocar los resultados del concurso, y finalmente el TSJPV ha avalado la legalidad del mismo, ratificando de esta manera el reparto de licencias realizado por el ejecutivo autónomo en noviembre de 2007. Esta es la segunda vez que el TSJPV se muestra favorable al reparto realizado en su día, ya que anteriormente ya rechazó otro recurso interpuesto por Cope.

Canal Euskadi argumentaba que se daba una infracción de la normativa de concentración de medios por la conexión de concesionarias locales con cadenas de televisión nacional, además de la infracción de la prohibición de emisión en cadena, y la infracción de la legislación mercantil de defensa de la competencia entre otros, por lo que se pedía que se declarara ilegal el reparto de la TDT en Euskadi.
En este caso eran demandados el Gobierno Vasco y diversas concesionarias del reparto realizado en 2007, y en la sentencia se excluye cualquier infracción de los artículos que argumentaba el demandante Canal Euskadi, dado que la conexión de las concesionarias demandadas con sociedades periodísticas, tecnológicas y culturales del País Vasco no es lo prohibido por la Ley, sino la vinculación con cadenas nacionales, siempre y cuando su ámbito de cobertura supere el 25% de la población nacional, requisito éste que no se daba en ninguno de los casos expuestos. Del mismo modo, la acusación de emisión en cadena es desestimada, ya que ésta no es apreciada en el acto de adjudicación, al no haberse iniciado aún las emisiones en tecnología digital. Tan sólo en la vida de las concesiones podrá saberse si existe o no, pero no antes de que las emisiones tengan lugar. En relación a la normativa mercantil en materia de defensa de la competencia, el Tribunal, en su fundamento jurídico quinto, afirma que «la infracción de cuantos principios jurídico-económicos se mencionan, no puede tenerse por implícita ni consustancial a la adjudicación, ni determinante de su invalidez jurídico-administrativa».

Por fin , el argumento que la sala esgrime respecto a la pretensión de Canal Euskadi, de que sus propuestas fueron minusvaloradas con respecto a las demás, asignándole menor puntuación que sus competidoras en apartados similares sin justificación alguna, se establece que «no puede la Sala dotar de mayor crédito a lo que no sean más que meras manifestaciones de la parte frente al criterio técnico especializado de los evaluadores (…), porque tratándose de conocimientos técnicos ha de ser a través de la pericia correspondiente que se pongan en cuestión aquellas valoraciones». Es decir, para combatir un informe técnico que se muestra a favor del reparto de licencias ha de presentarse, cuando menos, otro informe técnico favorable , y no realizar críticas a los informes técnicos sin informes periciales que avalen la tesis del demandante. El mismo argumento fue el presentado por el tribunal en la anterior sentencia favorable al reparto de la TDT, y que fue recurrido por la cadena COPE tras no lograr ninguna concesión.