Transferencia

- 1-03-2011 | Nereida López Vidales
La adjudicación del dividendo digital

El ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián, anunció recientemente que el Gobierno ha optado por un sistema mixto concurso-subasta para licitar las distintas bandas de frecuencias que pondrán a disposición de los operadores, un total de 310 Mhz.

La elección de una licitación mixta tiene como objetivo maximizar el beneficio para los ciudadanos y la sociedad en su conjunto a través del impulso de la inversión y el empleo a corto plazo (2011-2013). Se estima que movilizará una inversión adicional de 1.200 millones de euros e impulsará la creación de 40.000 empleos.

El proceso de licitación forma parte de un conjunto de actuaciones para poner a disposición de los operadores de telefonía todo el espectro radioeléctrico e impulsar las comunicaciones móviles e inalámbricas a través de bandas de frecuencias de gran interés económico y social.

España es el único país de la Unión Europea que ha introducido en un mismo proceso la autorización de la neutralidad tecnológica (refarming) –la posibilidad de utilizar las bandas de frecuencias de 900 MHz y 1.800 MHz, hasta ahora de uso exclusivo por GSM, con otras tecnologías como UMTS- y la licitación del espectro radioeléctrico para los servicios de cuarta generación de comunicaciones móviles. Este proceso, que se plasmará en un Real Decreto, dará certidumbre y predictibilidad a los operadores y a los fabricantes de equipos y establecerá un marco jurídico estable hasta el año 2030.

Además, la puesta a disposición de los operadores de bandas de frecuencias da respuesta a la demanda de espectro que generará el desarrollo y popularización de los teléfonos inteligentes, las tabletas, los libros electrónicos…, así como los nuevos servicios de comunicaciones móviles.

En definitiva, se trata de impulsar las comunicaciones móviles e inalámbricas a través de bandas de frecuencias 900 Mhz y 1.800 Mhz. Desde el Gobierno se afirma que la fórmula mixta concurso-subasta garantizará el mantenimiento del equilibrio económico-financiero de sus concesiones, así como las condiciones de competencia en el mercado.

Por otro lado, establecerá un marco jurídico que permita la licitación de un total de 310 Mhz en las siguientes bandas de frecuencias: 800 Mhz (dividendo digital), 900 Mhz, 1.800 Mhz y 2,6 Ghz. Con todas estas actuaciones el espectro radioeléctrico actual dedicado a servicios de comunicaciones móviles se incrementará en un 70%.

La disputa del dividendo

Se denomina dividendo digital a la parte del espectro radioeléctrico que ha quedado disponible después de acomodar en digital los servicios de televisión analógica en la banda de frecuencias dedicada a la televisión (de los 470 a los 862 MHz).

El Gobierno ha decidido que lejos de cederlas a los operadores de televisión que hasta ahora las disfrutaba, estas frecuencias se utilicen para servicios de banda ancha en movilidad, incluyendo lógicamente los servicios de tv móvil.

La puesta a disposición de estos bloques de frecuencias entre los operadores permitirá la introducción de la cuarta generación de comunicaciones móviles, asegurando la cobertura de la banda ancha móvil ultrarrápida al 98% de la población, lo que facilitará el cumplimiento de los objetivos de la Agenda Digital para Europa para 2020 y contribuirá decididamente a la reducción de la brecha digital.

El Ministerio estima que a raíz de este proceso, el Estado obtendrá entre 1.500 y 2.000 millones de euros, garantizando de este modo los recursos necesarios para hacer frente a la liberación del dividendo digital.

Necesidades de espectro

Las TIC ligadas al espectro tendrán una influencia muy relevante en el incremento de la productividad y del PIB. La banda ancha móvil será el motor del crecimiento en el mercado de las telecomunicaciones, siendo de prever que el incremento del tráfico de datos en redes móviles se multiplique por 40 en el periodo 2009-2014.

La evolución de los terminales móviles inteligentes sigue la misma tendencia multiplicándose por 4 entre 2009 y 2014, con mayores y mejores prestaciones y nuevas aplicaciones.
En 2015 habrá 3.500 millones de usuarios de banda ancha móvil en el mundo, frente a los 500 millones actuales (siete veces más en 2015 que los usuarios actuales).

TDT: resintoniza los canales

En cuanto a la TDT , obedeciendo una orden del Ministerio de Industria desde hoy, 1 de marzo, los canales de TDT que actualmente emiten en el canal radioeléctrico 66 deberán cambiar de ubicación. Además, la capacidad de los canales radioeléctricos 67, 68 y 69 deberá pasar a compartirse de manera igualitaria.

Hasta ahora los canales radioeléctricos 66, 67, 68 y 69 se han utilizado para emisiones de TDT con cobertura nacional. En concreto estos canales venían siendo ocupados de la siguiente manera: Canal 66: Teledeporte (se viene emitiendo también en una frecuencia alternativa a nivel nacional), Veo 7, AXN, Intereconomía; Canal 67: Cuatro, Gran Hermano 24H, Canal + Dos, LaSexta; Canal 68: Telecinco, La Siete, FDF, Disney Channel; y Canal 69: Antena 3, Neox, Nova, Gol Televisión.

Una vez concluido el proceso del dividendo digital el 1 de enero de 2015, los canales 66, 67, 68 y 69 deberán haber quedado liberados para otros usos distintos de las emisiones de televisión.

vía: www.panoramaaudiovisual.com

- 1-03-2011 | Leire Gómez
El reparto de la TDT local es Euskadi es avalado por los tribunales

TV

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sentenció el pasado 14 de Enero de 2011, a favor del reparto realizado por el Gobierno Vasco el 20 de Noviembre de 2007, por el que se concedían las licencias para la implantación de la TDT local en Euskadi. Canal Euskadi, que había intentado sin éxito conseguir una licencia de TDT, interpuso un recurso para revocar los resultados del concurso, y finalmente el TSJPV ha avalado la legalidad del mismo, ratificando de esta manera el reparto de licencias realizado por el ejecutivo autónomo en noviembre de 2007. Esta es la segunda vez que el TSJPV se muestra favorable al reparto realizado en su día, ya que anteriormente ya rechazó otro recurso interpuesto por Cope.

Canal Euskadi argumentaba que se daba una infracción de la normativa de concentración de medios por la conexión de concesionarias locales con cadenas de televisión nacional, además de la infracción de la prohibición de emisión en cadena, y la infracción de la legislación mercantil de defensa de la competencia entre otros, por lo que se pedía que se declarara ilegal el reparto de la TDT en Euskadi.
En este caso eran demandados el Gobierno Vasco y diversas concesionarias del reparto realizado en 2007, y en la sentencia se excluye cualquier infracción de los artículos que argumentaba el demandante Canal Euskadi, dado que la conexión de las concesionarias demandadas con sociedades periodísticas, tecnológicas y culturales del País Vasco no es lo prohibido por la Ley, sino la vinculación con cadenas nacionales, siempre y cuando su ámbito de cobertura supere el 25% de la población nacional, requisito éste que no se daba en ninguno de los casos expuestos. Del mismo modo, la acusación de emisión en cadena es desestimada, ya que ésta no es apreciada en el acto de adjudicación, al no haberse iniciado aún las emisiones en tecnología digital. Tan sólo en la vida de las concesiones podrá saberse si existe o no, pero no antes de que las emisiones tengan lugar. En relación a la normativa mercantil en materia de defensa de la competencia, el Tribunal, en su fundamento jurídico quinto, afirma que «la infracción de cuantos principios jurídico-económicos se mencionan, no puede tenerse por implícita ni consustancial a la adjudicación, ni determinante de su invalidez jurídico-administrativa».

Por fin , el argumento que la sala esgrime respecto a la pretensión de Canal Euskadi, de que sus propuestas fueron minusvaloradas con respecto a las demás, asignándole menor puntuación que sus competidoras en apartados similares sin justificación alguna, se establece que «no puede la Sala dotar de mayor crédito a lo que no sean más que meras manifestaciones de la parte frente al criterio técnico especializado de los evaluadores (…), porque tratándose de conocimientos técnicos ha de ser a través de la pericia correspondiente que se pongan en cuestión aquellas valoraciones». Es decir, para combatir un informe técnico que se muestra a favor del reparto de licencias ha de presentarse, cuando menos, otro informe técnico favorable , y no realizar críticas a los informes técnicos sin informes periciales que avalen la tesis del demandante. El mismo argumento fue el presentado por el tribunal en la anterior sentencia favorable al reparto de la TDT, y que fue recurrido por la cadena COPE tras no lograr ninguna concesión.

- 14-02-2011 | Nereida López Vidales
«Pa negre», nueve Goyas

Pa negre

El duelo a tres bandas entre ‘Balada triste de trompeta’, ‘También la lluvia’ y ‘Pa negre’ en número de nominaciones se ha saldado con la victoria indiscutible y arrolladora de la cinta de Agustí Villaronga, quién no sólo ha obtenido el Goya al Mejor Director sino también el de Mejor Película y otras siete estatuillas, frente a las tres de la obra de Icíar Bollaín y a las dos obtenidas por Alex de la Iglesia.

Los galardones se han entregado en una gala con sabor a bodas de plata del cine español, celebrada de forma excepcional en el Teatro Real de Madrid y que ha sido presentada por Andreu Buenafuente.

El humor y la música han sido las características de una gala en la que Álex de la Iglesia se ha despedido como presidente de la Academia de las Ciencias y las Artes Cinematográficas de España.

vía: www.panoramaaudiovisual.com