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- 30-07-2011 | Nereida López Vidales
Aprobado el Plan de digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre

La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el 1 de mayo de 2010, regula en su disposición transitoria decimoquinta la digitalización del servicio de radiodifusión sonora terrestre, estableciendo la obligación por parte del Gobierno de aprobar un Plan técnico de digitalización integral del servicio de radiodifusión sonora terrestre, en el plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la ley. El Consejo de Ministros ha aprobado el citado plan este mes de julio.

Según establece la LGCA, el Plan de digitalización se elaborará respetando las actuales licencias audiovisuales para la prestación de los servicios de radiodifusión sonora. La Ley General de la Comunicación Audiovisual establece, además, que para la elaboración del Plan, el Gobierno promoverá la mejor concertación con los agentes del sector tanto de las telecomunicaciones, como del sector de la electrónica y del automovilístico, entre otros.

Medidas adoptadas

El citado Plan de digitalización incluye inicialmente las cinco siguientes medidas:

1. Modificación del Plan técnico nacional de la radiodifusión sonora terrestre, aprobado mediante el Real Decreto 1287/1999, de 23 de julio.

Esta modificación, que se llevará a cabo mediante la aprobación de un Real Decreto, tiene como objetivos:

a) Establecer expresamente el principio de neutralidad tecnológica de manera que se pueda realizar la migración a la tecnología DAB+, en línea con los acuerdos adoptados por los agentes del sector en España, así como con las iniciativas que se están llevando a cabo en otros países de la Unión europea.

b) Modificar las exigencias de cobertura para facilitar la implantación de la nueva tecnología.
Se reduce, transitoriamente, la obligación de cobertura del 50% de la población, al 20%. Se establece un plazo de 1 año desde la aprobación del real decreto, en el cual deberá proporcionarse esta cobertura del 20% con tecnología DAB+, que deberá ser similar a la cobertura existente en FM (interiores, túneles, etc.), en aquellas zonas en las que se proporcione.

2. Estudio de la posible redistribución de los programas de los operadores en cada uno de los múltiples actuales.

Esta medida tiene como objetivo permitir, en su caso, la agrupación de aquellos operadores que tengan objetivos comunes en su estrategia de impulso de la radio digital, de manera que puedan presentar una oferta conjunta, armónica, complementaria y no competitiva entre sí de los programas del múltiple, con oferta programática distinta de la de la radio analógica, lo que puede suponer un lógico aliciente para la radio digital de cara a los oyentes.

3. Actividades de promoción e impulso de la radio digital, entre las que se encuentran:

– Incrementar la oferta de aparatos receptores (una vez despejadas las incertidumbres tecnológicas), y teniendo en cuenta además de los receptores portátiles, otros dispositivos como equipos de música, autorradios, teléfonos móviles, MP3, MP4, etc.

– Conseguir que exista programación por parte de las entidades concesionarias de licencias de radio digital terrestre de contenidos de calidad y diferenciados respecto de los que se emiten en la actualidad en la radio analógica y, además, que aprovechen las ventajas que ofrece la tecnología.

– Buscar acuerdos con la industria del automóvil para que los vehículos incluyan sistemas capaces de sintonizar la radio digital. Esta medida debe ir acompañada del despliegue de la red para proporcionar cobertura en las vías de comunicación mas importantes (autopistas, autovías,…).

En particular se asumen, por el Foro de la Radio Digital, los siguientes compromisos para contribuir al relanzamiento del servicio de radio digital:

– Desarrollar el estándar DAB+ como sustituto al DAB actualmente utilizado.

– Desarrollar a través del sistema DAB+ y gracias al MPEG Surround, la posibilidad de emisión con sonido multicanal con la mejora de calidad que ello supone, en especial en la emisión de determinados eventos (conciertos, eventos deportivos, etc.).

– Impulsar el desarrollo de acuerdos con el sector de la Automoción para la incorporación de receptores de radio digital en los vehículos.

– Una vez despejadas las incertidumbres tecnológicas en relación con los estándares a utilizar, la industria fabricante de Electrónica de Consumo llevará a cabo las actuaciones adecuadas que posibiliten la existencia en el mercado de una oferta apropiada de receptores de radio digital de diferentes tipos y aplicaciones. Asimismo facilitarán el proceso de comercialización de terminales a través de los diferentes canales de distribución.

– Los operadores titulares de licencias del servicio de radio digital de ámbito nacional, promoverán la provisión de programación específica para la radio digital.

4. Realización de pruebas piloto.

La Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, conjuntamente con los operadores titulares de licencias de radiodifusión sonora digital terrestre evaluarán los resultados de las pruebas piloto realizadas hasta el momento, y de acuerdo con las conclusiones alcanzadas elaborarán un plan de pruebas piloto a realizar, que tendrán como objetivo evaluar la viabilidad técnica de la digitalización de la radio analógica en onda media y frecuencia modulada con el uso de tecnologías DRM/DRM+. En particular se evaluará la conveniencia de llevar a cabo las siguientes actuaciones:
5. Realización de un estudio sobre las condiciones y requisitos necesarios para el establecimiento de una fecha para el apagado analógico de la radiodifusión sonora terrestre.

Fuente: BOE Núm. 179 Miércoles 27 de julio de 2011 Sec. I. Pág. 84258